miércoles, 28 de octubre de 2009




ORDENANZAS FISCALES DE LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA

Ordenanza Precios públicos por prestación servicios culturales

La inscripción o matriculación en cualquiera de las escuelas, talleres Municipales,
actividades y materias competencia del Organismo Autónomo de Cultura.

Ordenanza de instalación de terrazas en la vía pública.


Es aplicable a todos los espacios de uso público, con independencia de su titularidad. Afecta a la hosteleria.
Reglamento del Servicio de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas
El responsable subsidiario del abonado será el propietario de la vivienda, finca, local o
Industria en el que se presten los servicios regulados en el presente Reglamento.

Ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles.

Responden solidariamente de la cuota de este impuesto, y en proporción a sus respectivas participaciones. De no figurar inscritos, la responsabilidad se exigirá por partes iguales en todo caso

Ordenanza fiscal del impuesto sobre el valor de los terrenos

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimentan dichos terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los mismos por cualquier titulo o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos.

Ordenanza fiscal del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.


Constituye el hecho imponible del impuesto la realización, dentro del termino municipal de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija la obtención de la correspondiente licencia de obra urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, siempre que su expedición corresponda a este municipio.

Ordenanza fiscal del impuesto de actividades económicas

El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las Tarifas del impuesto

Ordenanza fiscal del impuesto sober vehículos.

De conformidad con lo establecido por el artículo 2, en relación con los artículos 57, 60 y 93 al 100, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, por la que se aprueba la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Ordenanza reguladora del precio público por Servicio de Ayuda a Domicilio.

Están obligados al pago todas las personas que se beneficien de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio gestionado por el Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina, por sí mismo o a través o en colaboración con otras Entidades o Instituciones Públicas o privadas.

Ordenanza fiscal del precio público por servicios deportivos.

La inscripción o matriculación en cualquiera de las escuelas, talleres Municipales, actividades y materias competencia del Organismo Autónomo Patronato Municipal de Deportes.
Son precios públicos los regulados en esta Ordenanza y los que eventualmente pudiesen atribuirse al OAL a través de al correspondiente Ordenanza del Excmo. Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina o mediante disposición legal o reglamentaria.

Ordenanza fiscal del precio público por venta de libros y cd’s

Estarán Obligados al pago del presente precio público los adquirientes de los bienes expresados en el artículo anterior.
La venta de estos bienes a librerías se realizará mediante entregas en depósito de los mismos que deberá facturar al precio final fijado en el artículo siguiente, liquidando semestralmente el resultado de las ventas al Ayuntamiento, si transcurridos seis meses desde la firma del documento de depósito previo no se produce la liquidación de las ventas el Ayuntamiento este procederá a la retirada del depósito.

Precios públicos por prestación servicios culturales.

Constituye el hecho imponible del precio público: La inscripción o matriculación en cualquiera de las escuelas, talleres Municipales, actividades y materias competencia del Organismo Autónomo de Cultura.

Ordenanza fiscal de la tasa de cementerio y servicios fúnebres.

Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación de los servicios del Cementerio Municipal, tales como: asignación de espacios para enterramientos; permisos de construcción de panteón o sepulturas; ocupación de los mismos; reducción; incineración; movimiento de lápidas; colocación de lápidas, verjas y adornos; conservación de los espacios destinados al descanso de los difuntos, y cualquiera otros que, de conformidad con el ordenamiento jurídico sean procedentes o se autoricen a instancia de parte.

Ordenanza fiscal de la tasa por utilización dominio público.

Tendrán la condición de sustitutos del contribuyente los dueños de los inmuebles afectos a utilizaciones o aprovechamientos especiales de la vía pública

Ordenanza fiscal de licencias urbanísticas.

Constituye el hecho imponible de esta tasa la actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a verificar si los actos de edificación y uso del suelo, que hayan de realizarse en el término municipal, se ajustan a las normas urbanísticas, de edificación y policía previstas en la legislación del suelo y ordenación urbana

Ordenanza fiscal de licencia de apertura de establecimientos.

Constituye el hecho imponible de la presente tasa la realización de una actividad técnica o administrativa en régimen de derecho público de competencia local que se refiera, afecte o beneficie de modo particular al sujeto pasivo, cuando haya sido motivada directa o indirectamente por el mismo en razón de que sus actuaciones y omisiones obliguen a la administración municipal a realizar de oficio actividades o a prestar servicios por razones de seguridad, salubridad, de abastecimiento, de orden urbanístico o cualquiera otra.

Ordenanza fiscal de tramitación de planes parciales .

Lo constituye la prestación de los servicios a que ser refiere el art. 1 y que se detallan en la tarifa de exacción.- Esta tasa es compatible con la tasa por prestación del servicio de tramitación de licencias urbanísticas y con el Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras.

Ordenanza fiscal de los servicios de la Escuela de Educación Infantil.

Constituye el hecho imponible de la Tasa, la prestación de servicios en la Escuela Infantil Municipal.

Ordenanza fiscal de la tasa por entrada a espectáculos públicos.

Constituye el hecho imponible de la Tasa el desarrollo de cualquier espectáculo público no gratuito organizado por la Administración o Autoridades Municipales.

Ordenanza general de subvenciones.

Se entiende por subvención, a los efectos de esta Ordenanza, toda disposición dineraria realizada por cualesquiera de los sujetos contemplados en el artículo anterior con cargo a sus respectivos presupuestos, a favor de personas públicas o privadas, que cumpla con los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

miércoles, 21 de octubre de 2009

FACTORES de localizacion


Empresa dedicada a diseños interiores de discotecas y lugares de ocio.

La empresa sera situada en la localidad de La Almunia de Doña Godina , centro de la comarca Valdejalón (Zaragoza). Estara localizada en la Plaza La Paz Nº13 .

Para ello hemos decidido tener un tamaño amplio situado en el centro de la localidad para que así los clientes nos puedan localizar con mayor facilidad y estemos visibles a todo el mundo. El local sera alquilado y mientras vaya prosperando se llegara a su compra.

Nada mas entrar en el local estará la sala de espera con la secretaria y los servicios. De esta sala de espera se pasara a dos habitaciones donde estarán nuestros oficinas. Y constara de otro cuarto mas que sera como una habitación para reunirse las dos socias y hablar y consultar todos las opciones que haya. Y servicios de hombre y de mujer.
en la parte exterior encontraremos la fachada de ladrillo caravista y en el interior entre el interior de la empresa y el exterior encontraremos como un porche donde podran fumar la gente que desee.

Aunque la empresa este localizada en Almunia trabajaremos en todos lugares de España. Poco a poco iremos poniendo mas oficinas por varias comarcas para que la gente se pueda informar bien y tengamos mas clientes y mayores beneficios, pero esto se realizara si la empresa va bien y tenemos beneficios.





miércoles, 14 de octubre de 2009

LOGOTIPO










Un logotipo es un elemento gráfico, auditivo y sirve a una persona, empresa, institución o producto para representarse.
Los logotipos suelen encerrar indicios y símbolos acerca de quienes representan.

El isotipo: es el signo visual gráfico pues remite al objeto a través de la similitud o semejanza, es decir, comparte algunas cualidades tales como forma, color, etc.

El nombre: es la representación verbo-visual o fonético del elemento básico de identidad.

La marca es el registro del nombre para uso comercial.

El logotipo como parte de la identidad visual de una empresa o institución, es la representación tipográfica del nombre de la marca.

Existen diferentes clasificaciones de logotipos: letragrama o grafotipo, emblema, tipograma e imagotipo.

Para que un logotipo resulte exitoso, la simplicidad permite que sea:
  • 1. LEGIBLE (hasta el tamaño más pequeño)
  • 2. ESCALABLE (cualquier tamaño requerido)
  • 3. REPRODUCIBLE (sin restricciones materiales)
  • 4. DISTINGUIBLE (aún en positivo/negativo)
  • 5. MEMORABLE (que impacte y no se olvide)

Un logotipo se diferencia por:

  • La funcionalidad de un logotipo radica en su capacidad para comunicar el mensaje que se requiere , y para el logro de esto se requiere del uso de colores y formas que contribuyan a que el espectador final le de esta interpretación.

  • Un logotipo requiere del apropiado uso de la semiótica como herramienta para lograr la adecuada comunicación del mensaje y la interpretación por parte del espectador más cercana a este mensaje.

jueves, 8 de octubre de 2009

miércoles, 7 de octubre de 2009

elección de forma jurídica

Para nuestra empresa hemos decidido elegir el tipo forma jurídica la Sociedad Limitada.
La principal razón es porque al fundarla el capital mínimo que se debe aportar es de 3.005,06 Euros.
Además el capital esta dividido en participaciones.
De momento somos una empresa pequeña que consta de dos socias y por eso mismo hemos decidido que nuestra empresa sea una Sociedad Limitada.
El desembolso mínimo a la hora de la constitución es del 100% del capital social; no pueden emitir obligaciones; el numero mínimo de socios es uno; es una sociedad capitalista aunque con una matiz personalista; con el nombre de la empresa debe aparecer la indicación de Sociedad Limitada o S.L.

lunes, 5 de octubre de 2009

TRES IDEAS

ORGANIZADORA DE FIESTAS PERSONALES

Empresa dedicada a preparar fiestas al gusto del consumidor.
Abiertas a nuevas ideas y a opciones del consumidor.
Limpieza general del domicilio.



DISPONIBILIDAD DE MÓVIL

Empresa dedicada a la cobertura internacional de cualquier tipo de móvil.
Podemos proporcionar linea en cualquier lugar que se desee a bajo coste.
La mejor cobertura y los mejores precios que siempre hemos deseado.



DISEÑADORAS

Empresa dedicada al diseño interno de lugares de ocio, especialmente discotecas.
Te ofrecemos una forma diferente de decorar tu negocio con gustos diferentes, nuevas tecnologías, mecanismos nuevos y sobre todo una mayor comodidad para el consumidor.

Estamos abiertas a cualquier tipo de espacios, ya sean de tamaño extenso, mediano, pequeño...etc... a los presupuestos ( los presupuestos iran a medida del tipo de local que usted quiera decorar) y a negociar todo lo que se proponga.

Estas nuevas discotecas o pub estarán al alcanze de todos clientes que deseen adquirir a su interior.